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Ejecutivo e IFT: su “lucha” a la Corte 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación acordó admitir a trámite la controversia constitucional promovida por el Ejecutivo Federal contra las “Disposiciones Regulatorias en materia de Comunicación Vía Satélite”, emitidas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en enero de este año.

De acuerdo con el IFT esta regulación se emite para que haya concordancia con los avances tecnológicos en materia de comunicación vía satélite, dar certeza jurídica e incentivar las inversiones y la provisión de estos servicios.

Ha trascendido que el Ejecutivo Federal se duele de que la nueva regulación satelital excede la competencia del IFT e invade las atribuciones del Ejecutivo Federal y que se abrogó el “Reglamento de Comunicación Vía Satélite” expedido en 1997, correspondiéndole al Poder Ejecutivo garantizar la rectoría y soberanía en materia satelital que, de acuerdo con la Constitución, constituye un área prioritaria para el desarrollo nacional.

Conforme a la Constitución y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la materia satelital tiene puntos en común para ambas autoridades, al ser un área prioritaria del Estado existe una corresponsabilidad: en el otorgamiento de concesiones el IFT pide opinión al Ejecutivo Federal; se destaca que la Constitución no atribuyó expresamente al IFT la materia satelital, sino que el Congreso lo hizo hasta la Ley citada, y por otra parte, en los artículos 9 y 150 se atribuye al Poder Ejecutivo: definir la capacidad satelital de concesionarios que deba reservarse para el Estado, regular su propia capacidad satelital, garantizar la continuidad de los servicios satelitales que proporciona el Estado, y la promoción de inversión e infraestructura satelital, ante lo difuso, es posible que la Corte arribe a una interpretación salomónica.

Además, desde 2013 se permite la inversión extranjera directa en satélites, lo que puede “tirar” el argumento ideológico contra el neoliberalismo y defensa de la soberanía; pareciera que regresamos al pasado cuando había controversias entre SCT y COFETEL, persistiendo un anhelo por atribuciones que ya no se tienen desde 2013, la realidad es otra y quedo compartido, sólo que no existe coordinación ni comunicación institucional.

Cabe recordar que el IFT tiene controversias contra el Ejecutivo por la falta de nombramientos de comisionados y por el régimen de remuneraciones, de tal manera que la SCJN tendrá no sólo el tema satelital sino también otros de gran calado en los siguientes meses, que habrán de delinear las competencias en el sector.

En el ocaso del régimen, es posible que aumente la litigiosidad entre estos 2 entes, por ejemplo, el IFT podría impugnar el tema presupuestal de nuevo o la política de conectividad del Ejecutivo o bien, el Ejecutivo podría impugnar el reciente acuerdo de bandas de uso libre por afectar el interés fiscal. El hecho es que la “guerra” Ejecutivo contra autónomos (INE) y ahora IFT van a quedar en la decisión de los 11 ministros.

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