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¿Qué hacer con la preponderancia?

Roberto García Requena

Dentro poco más de un mes, el 9 de marzo, es la fecha límite marcada en el artículo octavo transitorio de la reforma constitucional para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) determine la existencia de agentes preponderante! en el mercado y emita la regulación asimétrica que norme la actividad económica de dichos agentes. También en esa misma fecha límite el Ifetel deberá establecer las medidas para desagregar la red local del agente preponderante.

 

En pocas palabras para el 9 de marzo habrá nuevas reglas en la cancha de juego en el sector telecomunicaciones y todas las ventajas monopólicas de las que se ha aprovechado el preponderante a lo largo de tantos años presumiblemente serán limitadas para generar un entorno de competencia y libre concurrencia en el mercado. Para nadie es un secreto quiénes son los preponderantes. Telmex en telefonía fija y Telcel en la móvil han dominado el mercado mexicano desde hace años con una concentración del 80 y 70 por ciento, respectivamente.

En un estudio publicado en 2012 la OCDE estimó que la pérdida de bienestar atribuida a la disfuncionalidad del sector telecomunicaciones en México fue de 129,200 millones de dólares en el periodo de 2005 a 2009, lo que significó un 1.8 por ciento del PIB anual. De ese tamaño es el problema que se viene arrastrando en el sector. Entonces para un problema de ese nivel, se necesitan soluciones de la misma magnitud. La regulación de preponderancia que emita el Ifetel será pieza fundamental para alcanzar condiciones competitivas y lograr servidos de mejor calidad y a precios más bajos.

Ahora, si bien la fecha del 9 de marzo está establecida en la Constitución, también es cierto que para entonces todavía no habrá salido del Congreso la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Esta legislación secundaria debió de haberse publicado, también por mandato constitucional, desde el 9 de diciembre del año pasado. Cosa que no sucedió. Es preocupante que el Ifetel vaya a resolver la regulación de preponderancia si no tiene el marco legal para hacerlo. La ley reglamentaria debe de establecer y especificar la metodología para regular la oferta y calidad de servicios, tarifas y en su caso, la separación contable de los agentes preponderantes.

Determinar la preponderancia sólo con lo que dice la Constitución no es suficiente. Se necesita de la ley secundaria que le dé marco y solvencia jurídica a las resoluciones del Ifetel. De lo contrario se corre el riesgo de perder más años con impugnaciones por parte de los preponderantes, con la consecuente pérdida de bienestar para todos los mexicanos. Ya no nos podemos dar ese lujo

 

 

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