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Escisión de Telmex

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Gerardo Soria

La reforma constitucional en materia de telecomunicaciones de junio del año pasado establece que, a más tardar el 9 de marzo próximo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) deberá imponer a Telmex las medidas que permitan la desagregación efectiva de su red, de manera que otros concesionarios puedan elegir los elementos de la red de Telmex que requieran al precio que determine el Ifetel.

Como parte de una serie de actos que parecen estar encamina dos a sacar la red de Telmex del ámbito de competencia del Ifetel, el 30 de julio del 2013, es decir, un mes después deque entrara en vigor la reforma, Telmex escindió las tres subsidiarias que son dueñas de las centrales telefónicas, redes de cable y fibra óptica y demás equipos necesarios para la prestación del servicio público que le fue concesionado.

Aunque Telmex afirma que simplemente se transfirieron inmuebles y equipos, aún no ha explicado la naturaleza de los mismos.

Por el contrario, en diversas solicitudes y promociones ante autoridades de los tres niveles de gobierno, las subsidiarias que Telmex pretende escindir han manifestado que se trata de centrales telefónicas, antenas de transmisión y demás equipos de telecomunicaciones. Aun más, en una audioconferencia con inversionistas, Carlos García Moreno, director de Finanzas de América Móvil, indicó que el valor de los activos escindidos equivale a 50 % de los ingresos de Telmex.

No hay que ser un genio para darse cuenta de que no estamos hablando de terrenos baldíos, tiendas o camionetitas; sólo la red pública de telecomunicaciones de Telmex puede tener ese valor. Independientemente de cuál haya sido la intención de Telmex, lo cierto es que violó diversas disposiciones de su título de concesión, de la Ley de Vías Generales de Comunicación (LVGC) y la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT).

Son pocos los expertos del sector que saben que el título de concesión de Telmex de 1976 sigue en vigor en todo lo que no se oponga a la modificación de 1990 o que no haya sido modificado o derogado expresamente por ésta.

Cuando la modificación de 1990 quiso modificar o derogar algo de la concesión de 1976 lo hizo expresamente. Al efecto, la condición séptima de la concesión de 1976 estipula: SÉPTIMA.-Cuando EL CONCESIONARIO pretenda dar de ba ja y retirar de sus inventarios centrales públicas, equipos de radio o multiplex, o sistemas de frecuencias portadoras, requerirá la previa autorización de LA SECRETARÍA [hoy, del Ifetel]. Asimismo, se requerirá dicha aprobación cuando EL CONCESIONARIO pretenda enajenar al Gobierno Federal o a terceros terrenos o edificios que no le resulten útiles para la operación telefónica. De igual manera, el artículo 29, fracción IV delaLVGC, a la letra, prevé: Artículo 29.– Las concesiones caducaran por cualquiera de las causas siguientes: IV. – Porque se enajene la concesión o alguno de los derechos en ella contenidos, o los bienes afectos al servicio de que se trate, sin la previa aprobación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes [hoy Ifetel].

Asimismo, el artículo 38, fracción VII de la LFT contempla como causal de revocación de la concesión lo siguiente: Artículo 38. – Las concesiones y permisos se podrán revocar por cualquiera de las causas siguientes: VII. – Ceder, gravar o transferir los derechos en ellos conferidos o los bienes afectos a los mismos en contravención a lo dispuesto en esta Ley.

Cabe mencionar que se entiende por bienes afectos a la concesión aquellos bienes que directa o indirectamente están destinados al funcionamiento y prestación del serado público concesionado; es decir, todos los inmuebles, centrales, equipos, cableado, fibra óptica y similares que Telmex utiliza en la prestación de sus servicios. Corresponde ahora al Ifetel ejercer todas las atribuciones que le fueron otorgadas por la Constitución para investigar cuáles son los activos propiedad de las subsidiarias que Telmex pretende escindir y en qué medida están relacionados con la prestación de servicios de telecomunicaciones. No puede, por ningún motivo, permitir que la red de Telmex sea sacada de su ámbito de competencia.

De hacerlo, se estará dando al traste a una de las reformas más importantes de la administración del presidente Peña Nieto.

 

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Gerardo Soria Gutiérrez Es abogado y consultor en derecho especializado en telecomunicaciones de México. Licenciado en Derecho, summa cum laude, por la Universidad Iberoamericana...