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2019-10-22

El pasado viernes por la tarde, la Cámara de Diputados aprobó la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2020. Destaca en primer lugar la muy reducida ampliación en los ingresos que se prevén para el próximo año, en comparación con el paquete económico que envió el Presidente López Obrador en septiembre pasado. Los diputados ampliaron el monto de los ingresos que recibiría el sector público para el 2020 en solo 7,000 millones de pesos, frente a lo que inicialmente había planteado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Previamente, en la madrugada habían sido aprobados los distintos ordenamientos que conforman lo que comunmente se denomina Miscelánea Fiscal.

De la miscelánea fiscal aprobada destacan los cambios que hicieron los diputados a las leyes del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Sobre la Renta, respecto de las cuales hicieron modificaciones en el tema del pago de impuestos por parte de lo que en México se ha definido como plataformas digitales residentes en el extranjero, que no son otra cosa que proveedores sin establecimiento en México de servicios diversos que se proveen a través de Internet, ya sean contenidos audiovisuales vía streaming, como Netflix, o servicios de intermediación entre proveedores individuales coordinados por una plataforma o aplicación y los clientes o consumidores, como son los casos de Uber en el ramo del traslado de personas, como Airbnb, en el ramo del alquiler de corto plazo de viviendas, para fines turísticos o, como Amazon, en el ramo de venta de bienes.

En el caso de los contenidos audiovisuales, hay que reconocer que los diputados hicieron bien en eliminar la sanción que había propuesto SHCP para el caso de los proveedores extranjeros que incumplieran con sus obligaciones fiscales en México, que era la de instruir a las redes públicas de telecomunicaciones concesionadas en nuestro país para que bloquearan el acceso a los servicios que ofrecen esos proveedores, de manera tal que los suscriptores mexicanos no podrían tener acceso a los servicios de estos durante el tiempo que determinara la autoridad hacendaria. El exceso en lo propuesto por SHCP no solo residía en esta sanción en sí misma, sino en la sanción subsecuente, monetaria, para las redes de telecomunicaciones que no cumplieran con la instrucción de bloquear el acceso al servicio de los proveedores incumplidos.

En general, puede afirmarse que tanto la miscelánea fiscal como la Ley de Ingresos de la Federación están razonablemente bien construidas. Quizá hay aspectos que podrían haberse planteado de otra forma, menos onerosa para efectos del cumplimiento de esas cuestiones, pero que en el fondo, lo que se plantea puede considerarse razonable o que apunta en la dirección correcta.

Sin embargo, lo que de plano representa una desviación de ese grado de razonabilidad es el artículo Décimo Quinto Transitorio, que un legislador del grupo parlamentario de Morena deslizó bajo la figura de reserva al dictamen de la Comisión de Hacienda, cuando este ya era discutido por el pleno de los diputados. Ese artículo transitorio busca que el Congreso genere una solución legal para el conjunto de los autos extranjeros que permanecen en territorio nacional de manera ilegal, y que son conocidos comunmente como “autos chocolate”.

Esta inclusión de última hora, que convive con otra que esos mismos legisladores establecieron previamente, la prisión preventiva para aquellos contribuyentes que la autoridad fiscal determine que han incurrido en evasión fiscal, es simplemente una señal encontrada en cuanto a motivaciones, pero que ambas refuerzan una percepción: lo que viene es mayor incertidumbre. Hay castigos excesivos para unos y premios para otros que han evadido la ley. Las armadoras de vehículos que hoy enfrentan un panorama de menores ventas, tendrán que lidiar con miles de autos que entraron de manera ilegal y que en la mayoría de los casos no cumplen con las normas ambientales. Luego que no haya sorpresas de por qué no crece la inversión.

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