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Regreso a lo básico

23 de julio de 2012
Eduardo Ruiz Vega
La Razón

La aprobación de las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en diversos ámbitos, denominadas como “Reforma Política”, y su inminente promulgación y entrada en vigor, plantean un escenario complejo para el futuro de los órganos reguladores en materia de energía, competencia económica y telecomunicaciones.

De acuerdo con el texto de las reformas, los nombramientos de los comisionados integrantes de los órganos reguladores de energía, de competencia económica y federal de telecomunicaciones serán realizados por el Presidente sujetos a la aprobación o ratificación del Senado de la República. Esta disposición reconoce la importancia de las funciones especializadas que realizan estos entes de gobierno encargados de regular actividades de interés público, al sujetar el nombramiento de sus integrantes al escrutinio del Poder Legislativo Federal como sucede en el caso del Procurador General de la República, los empleados superiores de Hacienda y los embajadores, entre otros servidores públicos.

El arreglo que propone la Reforma Política para la integración de las comisiones reguladoras a que se ha hecho referencia no es nuevo. De hecho, en el caso de la Comisión Federal de Telecomunicaciones y de la Comisión Federal de Competencia ya había sido previsto en la forma de la “no objeción” legislativa en sus respectivas leyes específicas.

Sin embargo, como ha sido el sello característico en este sexenio la intervención del Senado de la República en los nombramientos de los comisionados de estos órganos fue impugnada. En el caso de la Cofetel, por increíble que parezca, la impugnación fue presentada por miembros del propio Senado, es decir, en contra de la frase popular que reza “perro no come perro”. Al final, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió inconstitucional la figura de la “no objeción” como medio de control en los nombramientos de estos servidores públicos.

Con la Reforma Política se regresa, años después, a lo básico en este tema. En contra de las disposiciones constitucionales no procede impugnación alguna, por ello cierto es que la fórmula de nombramientos sujetos a ratificación del legislativo llegó para quedarse. El cuestionamiento que surge ahora no es ese, sino uno más profundo.

Las disposiciones transitorias de la Reforma Política establecen que dentro de un año contado a partir de su entrada en vigor deberán emitirse las adecuaciones legales necesarias para que el marco jurídico se ajuste a la nueva realidad constitucional. En este sentido, es prudente preguntarnos ¿Cuáles serán los requisitos que la ley establecerá para seleccionar a los comisionados integrantes de estos órganos? ¿Se respetará el periodo de los servidores públicos actuales o, como ha sucedido en el pasado, este cambio de situación jurídica generará una renovación completa de sus integrantes? ¿Aprovecharán los integrantes del Poder Legislativo para abordar otros aspectos normativos relacionados con estas comisiones?

Las dudas acerca de lo que ocurrirá en los próximos meses son muchas, lo que es muy claro es el plazo de un año que establece la reforma constitucional. Además, ese plazo se lo auto impuso el Legislativo y no involucra al Ejecutivo Federal que normalmente ignora este tipo de mandatos. En estos momentos todo se vale, es el regreso a lo básico o como dicen los anglosajones “back to basics”.

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