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Ley convergente y preponderancia

Con la cautela y la sapiencia ante la complejidad del tema, el Congreso se dispone a —en el próximo periodo de sesiones que inicia el 1 de de febrero— proceder al análisis y, en su caso, aprobación de la llamada ley convergente; es decir, elaborar la ley secundaria de la reforma constitucional en telecomunicaciones.

No es menor la tarea, pues si bien se fijó un plazo de 180 días para hacerlo y éstos ya han transcurrido, se ha entendido en las diversas fuerzas políticas que era necesario hacer foros y madurar bien los conceptos.

El llevar a una ley convergente los lineamientos constitucionales, no podía ser con precipitaciones que condujeran a omisiones o, bien, a ver proyectos parciales o incompletos como los que se han presentado hasta el momento.

El punto central es traducir en la ley convergente las condiciones para la competencia tanto en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, nadie tiene duda de que ese es el objeto de la reforma.

Para conseguir ese objetivo, es necesaria la declaración de los agentes económicos preponderantes por sector, tal como la marca la Constitución, quienes ilusamente dicen que es por servicios, lo hacen para quedar bien con Telmex. No puede existir duda de que la reforma aportó un nuevo concepto a la materia de competencia económica, como es la preponderancia.

De ahí, que el espíritu del Constituyente señale que “el concepto de preponderancia… se diferencia del concepto tradicional en la literatura económica y legislación en materia de competencia, conocido como “poder sustancial” o “dominancia” en mercados relevantes. El concepto de preponderancia considera a todo un sector, a diferencia de un mercado en particular, idea que resulta relevante en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión toda vez que se tratan de economías de redes, y por el desarrollo de la convergencia tecnológica y de infraestructuras”.

Pero no solo el Congreso debe tenerlo presente, sino también el Ifetel en estos momentos que está analizando el tema en ambos sectores; no puede el órgano autónomo salir con una interpretación diversa, como luego acostumbra. Se acerca la hora de un nuevo marco legal, que deseamos cubra las expectativas.

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