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Eduardo Ruiz Vega.

La Razón de México

La semana pasada las comisiones unidas del Senado de la República encargadas del dictamen de la iniciativa de reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica, abrieron un espacio para que expertos, académicos, asociaciones, periodistas y autoridades, emitieran su opinión en torno a este esfuerzo legislativo.

La utilidad de este ejercicio se podrá observar en las próximas horas. Si las opiniones vertidas por los expositores inciden en modificaciones sustantivas a la minuta aprobada por la Cámara de Diputados, podremos hablar positivamente de esta singular pasarela `fast track`. Si, por el contrario, en los apretados tiempos acordados por los senadores responsables de la emisión del dictamen legislativo, estas opiniones no son tomadas en cuenta y la minuta permanece tal cual, entonces podremos confirmar lo que muchos han calificado como un mero trámite para sostener la existencia de apertura en donde en realidad no existió.

Un aspecto de la iniciativa de reforma constitucional que no fue abordado con detalle durante las audiencias, es el relativo a la clara orientación de sobre regulación que acusa su contenido. Algunos expertos tocaron el tema en relación a la regulación de los contenidos de la radio y televisión de señal abierta. Consideraron que la inclusión de disposiciones en esta materia, en la forma de tajantes prohibiciones, podría atentar contra el ejercicio de las libertades de expresión y de información. Esta apreciación es correcta y resulta importante que no se soslaye, sin embargo, no es la única que debió ser analizada en esta trasdendental coyuntura.

Pareciera que un vicio que tenemos en este país, y sobre todo en este sector, está lejos de corregirse. Me refiero a la reticencia de la autoridad ejecutiva, que en este caso se volverá `constitucional autónoma` por reducir la carga regulatoria en donde no se necesita. Hoy podemos advertir, por ejemplo, que la intención para regular a los medios masivos de comunicación no se apartará de la ruta trazada por el legislativo hace más de medio siglo, cuando en 1960 de aprobó la Ley Federal de Radio y Televisión. Esta afirmación se sustenta con la simple lectura de la propuesta de reforma del artículo 6º de la Carta Magna. Sería ilógico pensar que el control de los contenidos se modernizará siguiendo el ejemplo de las naciones modernas si lo que hoy está previsto en leyes y reglamentos, se propone introducir a la Constitución Política.

A mediados de la década de los noventa no supimos aprovechar una ley que desregulaba y que fue calificada como de vanguardia en el mundo entero. A pesar de que la Ley federal de Telecomunicaciones promovía decididamente la simplificación y la convergencia en sus postulados, la práctica administrativa se encargo de limitar a cuenta gotas esta evolución. El mejor ejemplo de esto es el extenso catálogo de obligaciones establecido en todo tipo de concesiones, sin importar su pertinencia, utilidad y pasando por alto la existencia de un fundamento legal para su exigencia.

Existen muchos temas que se están reservando para la emisión de la legislación secundaria, al menos eso se nos dice para evitar cualquier discusión que retrase los tiempos acordados. Es importante tener presente, sin embargo, que la orientación y las intenciones que queden plasmadas en la ley fundamental difícilmente podrán corregirse con prontitud. De ahí el llamado a la reflexión.

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