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Telesites en la BMV: ¿y la preponderancia?

Gerardo Soria | El Economista | 9 de diciembre 2015

América Móvil (AMX) anunció que el 21 de diciembre del 2015 las acciones de su empresa escindida, Telesites, comenzarán a cotizar en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) y en los demás mercados en donde actualmente se hacen transacciones bursátiles con acciones de AMX. Con ello quedará concluida la escisión de la totalidad de las torres, sitios e infraestructura pasiva que utiliza Telcel.

Recordemos que como parte de las obligaciones que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión impusieron a AMX, se encuentra la de permitir a otros operadores el acceso a sus torres, sitios e infraestructura pasiva a costo, no a valor de mercado. Pues bien, dentro de la información presentada a inversionistas, Telesites refiere que se dedicará a maximizar el valor de las torres, los sitios y la infraestructura pasiva, arrendándola tanto a Telcel como a terceros a valor de mercado.

En principio, podría pensarse que al compartir un control común, Telesites y AMX forman parte del mismo agente económico preponderante; sin embargo, al no haber sido declarada la familia Slim ni los fideicomisos a través de los cuales controlan sus negocios como parte del agente preponderante, pueden darse transferencias accionarias posteriores que hagan debatible el tema del control común o por lo menos difícil de probar para el IFT. Aún más, incluso en el caso de una venta abierta y transparente por parte de la familia Slim del control de Telesites a un tercero independiente, el IFT se quedaría burlado, con los brazos cruzados y el acceso a costo a la infraestructura pasiva del agente preponderante en telecomunicaciones sería una mala broma para todos los competidores, pues terminaríamos con un mercado oligopólico, sin regulación, controlado por dos empresas independientes pero con la capacidad de fijar precios a clientes cautivos: Telesites y American Tower.

Si bien por el monto de la transacción el IFT debería aprobar la “concentración” en términos de la Ley Federal de Competencia Económica, la realidad es que una venta de Telesites a un tercero que no participe en el mercado de torres en México no sería una “concentración” sino una “desinversión”, por lo que estrictamente hablando, el IFT carecería de argumentos para no autorizar la operación, así haya violado la letra y el espíritu de la reforma en materia de telecomunicaciones y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión por no haber impedido la escisión de AMX cuando todavía tenía herramientas legales para hacerlo.

Ya he indicado la doble vara con que el IFT mide a Telmex-Telcel y a sus competidores; por ejemplo: cómo fuera de toda lógica creó un modelo de costos especial para cuando Telmex-Telcel son lo que cobran, que lleva a precios superiores y un costo del dinero en función del riesgo del doble del que reconoce para las empresas competidoras.

Sobra recordar que en el caso de la asociación con Dish, Telmex mintió y el IFT no les ha impuesto la sanción que la Constitución establece por beneficiarse de la gratuidad en la retransmisión de la televisión abierta. También en el caso de la transmisión de la propiedad de la red de Telmex a una empresa holandesa, violando el título de concesión de Telmex y la Ley de Vías Generales de Comunicación, el IFT, después de dos años de recibir la denuncia no ha hecho nada.

En el caso de la escisión de AMX para la creación de Telesites, quedó claro que AMX ya lo tenía apalabrado con los comisionados del IFT y el silencio de éstos fue simplemente un silencio cómplice y traidor de la reforma en telecomunicaciones del presidente Peña Nieto y de sus propias resoluciones, que más temprano que tarde encarecerá el acceso a la infraestructura pasiva de Telcel a todos los competidores, manteniéndose, en la práctica, la barrera de entrada que la reforma pretendía eliminar.

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