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Preponderancia de AMX: la revisión que viene

Gerardo Soria | El Economista | 20 de enero de 2016.

En marzo próximo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) iniciará la revisión de la regulación asimétrica que en su carácter de agente económico preponderante en el sector telecomunicaciones le fue impuesta a América Móvil (AMX), concretamente a sus subsidiarias Telmex, Telcel y su filial (hasta hoy) Telesites.

La lógica detrás de la revisión es el análisis periódico de la eficacia de la regulación asimétrica y de sus efectos en el mercado, para corregir lo que se hizo mal o eliminar aquello que ya ha cumplido su objetivo y, por tanto, es obsoleto. Sin embargo, todo indica que el IFT ha pactado con AMX los dos elementos de la regulación asimétrica que más le molestan: (i) las tarifas de interconexión asimétricas, en las que Telmex y Telcel pagan interconexión pero no tienen el derecho a cobrar por ella, y (ii) que se autorice a Telmex prestar el servicio de televisión por cable, mismo que su título de concesión prohíbe expresamente desde 1990.

De conformidad con la Constitución y la ley, para que el IFT pueda acceder a las pretensiones de AMX, ésta debe estar en cumplimiento de la propia Constitución, la ley, su título de concesión, las obligaciones en materia de preponderancia deben haber tenido efectos claros en el mercado y por ningún motivo la resolución puede tener como consecuencia que AMX pueda incrementar su participación en el sector telecomunicaciones.

Evidentemente, ninguna de estas condiciones se cumple: (i) Telmex violó la Constitución al aprovecharse de la regla de gratuidad en la retransmisión de la televisión abierta a través de su asociación con Dish, expediente que no ha sido resuelto por el IFT y que a su vez viola la condición 1.9 de su título de concesión; (ii) la obligaciones de preponderancia no han tenido efectos en la competencia, tan es así que AMX ha incrementado su participación en el sector telecomunicaciones, y algunas son tan recientes que aún no son implementadas, por lo que es imposible valorar efecto alguno, y (iii) eliminar la asimetría en materia de tarifas de interconexión y otorgarle el cuádruple play al operador que detenta 75% del sector simplemente acrecentaría su participación y poder de mercado, de ninguna manera emparejaría la cancha.

La intempestiva salida de Gerardo Sánchez Henkel, hasta diciembre jefe de la Unidad de Cumplimiento del IFT y el único funcionario de alto nivel que se atrevió a investigar los incumplimientos de Telmex, particularmente la violación a la Constitución por el caso Dish, es una pésima señal de lo que nos espera en el corto plazo. Se dice que sus superiores le exigieron un cheque en blanco que acreditara que Telmex y Telcel cumplen y han cumplido con todo. No me extraña.

Entiendo también que el IFT pretende interpretar que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión no existe y que ellos sólo deben revisar las medidas en materia de preponderancia que emitieron en marzo del 2014, antes de que se expidiera la nueva ley, con base en un barroco y rebuscado criterio de irretroactividad hecho al gusto de América Móvil y para beneficiarla sobre el interés público. Tampoco me extraña.

El debate jurídico será interesante; sin embargo, lo importante será no confundir a la opinión pública con tecnicismos y tratar de ser lo más simple y claro posible. Para empezar, cabe aclarar un punto muy importante que la mayoría de la gente no sabe: las medidas de preponderancia del IFT no han servido para nada ni han tenido efecto alguno en el mercado. Todas las medidas que han tenido efectos en el bolsillo del consumidor vienen en la ley que el IFT pretende desconocer: prohibición del efecto club, eliminación de la larga distancia, tarifa cero de interconexión, portabilidad en 24 horas, que no cancelen el saldo si no recargas, etcétera. Todas ellas se platicaron antes con el IFT, pero no las quiso poner.

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