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Las Complejidades del III Informe del Presidente Peña

Javier Tejado Dondé

 

 

 

Javier Tejado Dondé | El Universal | 18 Agosto 2015

Este Informe también debe ser cuidado desde la parte de opinión pública, pues existe una popularidad baja del Presidente. Con un buen diseño puede ser el inicio de un relanzamiento de la segunda mitad del actual gobierno.

A partir del 25 de agosto iniciará el periodo en el que el titular del Ejecutivo podrá promocionar su III Informe de Labores. El periodo de promoción personalizada tiene una vigencia de 13 días, por lo que el Presidente de la República realizará su promoción de resultados del 25 de agosto al 6 de septiembre.

Son los únicos días del año en que la imagen y/o voz del Presidente pueden aparecer en radio, TV, periódicos y revistas, mediante el uso de tiempos oficiales (espacios gratuitos en radio y TV) o a través de la erogación de recursos públicos (contratación de espacios).

Hubo una intentona del PRD y PT para que este año no hubiera promoción personalizada del Presidente. Para evitar eso, pidieron a la Suprema Corte que se pronunciara sobre una supuesta contradicción entre la Constitución y la Ley Electoral. La Corte sí avaló, en los expedientes 22/2014 y 26/2014, los Informes con su correspondiente promoción, pero puso una serie de candados, mismos que amplió el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal.

De tal manera que para este III Informe, el Presidente Peña tiene que cuidar, primero, sólo aparecer los 13 días que la Ley permite, pero sobre todo los siguientes nuevos elementos ordenados por los tribunales:

1) Que se aluda al contenido sustantivo del Informe y no en demasía a la imagen, voz o símbolos que gráficamente impliquen a quien lo expone;

2) Que el Informe se refiera a actos de gobierno realizados y no a una promoción partidista;

3) Que el Informe no constituya un vehículo para enaltecer su personalidad. Debe ser diseñado para “difundir, con carácter institucional y fines informativos, el resumen anual de los datos relacionados con el cumplimiento de las metas previstas en los programas de gobierno, que permitan evaluar el desempeño del Presidente y la aplicación del gasto público”;

4) Finalmente, sólo puede informar de asuntos vinculados con el año que se informa.

Ésta será la primera vez que un Informe presidencial esté sujeto a tantas restricciones, muchas de ellas subjetivas, por lo que es probable que la oposición intente, bajo cualquier pretexto, llevar a juicio al Presidente de la República por los contenidos de su III Informe, pues saben que es la oportunidad que tiene el Presidente para reposicionar su gobierno frente a las elecciones del 2016 y a la sucesión anticipada del 2018. Así que tratarán de impedir una rendición de cuentas mediática. Mientras que en Presidencia saben que este Informe será particularmente relevante para retomar la inercia gubernamental.

Pero sobre todo, es muestra de la judicialización que está enfrentando cualquier actividad en el País. Y de cómo, año con año, el Poder Judicial va cambiando criterios. Estos requisitos para los Informes de Labores afectan al Presidente de la República, pero también a gobernadores, alcaldes y legisladores (federales y locales). Desde luego, también a medios de comunicación que pueden ser sancionados si se considera que los materiales del Informe violan disposiciones electorales (aun cuando no hay elecciones en este momento).

Este Informe también debe ser cuidado desde la parte de opinión pública, pues existe una popularidad baja del Presidente. Con un buen diseño –en lo legal y lo mercadológico- puede ser el inicio de un relanzamiento de la segunda mitad del actual gobierno, pero varios tratarán de impedirlo y volverán a acudir a los tribunales.

Cambiando de tema…

*Los Diputados olvidaron nombrar al Contralor del IFT: Por increíble que parezca, el Instituto Federal de Telecomunicaciones sigue sin Contralor Interno. La Cámara de Diputados tiene, desde julio de 2014, la obligación de nombrarlo pero no lo ha hecho. La Contraloría Interna del IFT debiera ser autónoma y encargarse de la fiscalización de sus ingresos y egresos, así como de la aplicación de las sanciones a los servidores públicos que violen la Ley de Responsabilidades. Temas no menores y más tomando en cuenta que se ejerce un presupuesto de más de 2 mil millones de pesos al año.

La culpa no es del IFT, es de los Diputados. Éstos se habían repartido las contralorías: al PAN le tocaría designar al contralor del IFT y al PRI al de la COFECE. Pero el constante cambio de coordinadores en la fracción panista hizo que el tema, y los acuerdos, se olvidasen. Ahora que inicia la LXIII Legislatura veremos si se acuerdan. La falta de contralor auspicia la nula rendición de cuentas, pero también puede emproblemar al IFT al no darles certeza.

*El espionaje gubernamental en México y el Mundo: El fin de semana, el NYT dio a conocer la amplia colaboración que desde 1985 da la telefónica norteamericana AT&T a la NSA para espiar todo tipo de comunicaciones, tanto en EU como en el extranjero. Destaca que AT&T haya entregado “billones” de mails a las autoridades norteamericanas y ayudado a espiar todo el tráfico electrónico que entraba y salía de la sede de la ONU. El vocero de AT&T dio a entender que esta colaboración provenía de una orden judicial, pero no dio más detalles.

De China también sabemos que la empresa Huawei colabora con el Ejército de China en labores de espionaje internacional. Así que este modelo de colaboración entre empresas de telecomunicaciones y las agencias de inteligencia de sus respectivos países sucede a menudo.

En el caso de México, la Ley de Telecomunicaciones da facultades amplias a las autoridades en materia de seguridad. De hecho, todas las empresas de telecomunicaciones tiene la obligación de dar, sin orden judicial, todos los registros de comunicaciones vía telefónica (fija o móvil), de buzón, conferencia, mensajería o chat, y hasta multimedia (e-mails). Toda esta información se debe guardar 12 meses para su entrega en tiempo real a las autoridades y, al concluir ese tiempo, otros 12 meses en servidores que permitan su extracción en no más de 48 hrs. Para atender estas peticiones, todas las empresas de telecom tienen que tener una oficina específica y estar abiertas a recibir solicitudes las 24 horas de los 365 días del año.

Así que cualquier autoridad puede conocer todos los datos relativos a cualquier comunicación (destino, origen, tiempo, involucrados, etc). Eso sí, supuestamente para conocer el detalle de las comunicaciones –contenido de la llamada o mensaje- se requiere de mandamiento de juez federal especializado. Aun con esta restricción, México tiene uno de los sistemas más permisivos en materia de entrega de información de telecomunicaciones a autoridades, mismo que ya validó la SCJN.

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