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La publicidad engañosa del IFT

El pasado 27 de mayo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) difundió un comunicado por el que dio a conocer que había llevado a cabo procedimientos de supervisión a los concesionarios Izzi y Telmex, que como resultado de esos procedimientos ordenó a ambos concesionarios que bajaran su publicidad porque, según el IFT, no proporcionaba información completa y veraz a los usuarios.

Cualquier despistado celebraría de inmediato un anuncio de esta naturaleza, pues queda la idea de que el IFT lleva a cabo su tarea de velar por el bienestar del consumidor con especial celo. Sin embargo, si revisamos con cuidado la actuación del regulador, específicamente por lo que hace a su comunicado del viernes 27, en realidad debemos empezar a preocuparnos.

¿Por qué digo que debemos empezar a preocuparnos? Pues simplemente porque al revisar las resoluciones relacionadas con los procesos a los que se refiere el regulador, nos daremos cuenta de que en esos procedimientos no hay un cuidado especial por abordar con seriedad y exhaustividad las cosas, que no hay un sentido real de vigilancia de las condiciones de competencia, y mucho menos, un sentido palpable de preocupación por el bienestar de los usuarios.

De manera concreta, en la resolución relativa a Telmex y la publicidad con la que promocionaba paquetes “ilimitados” (que no lo eran) dirigidos al segmento de negocios, al IFT simple y sencillamente no le queda de otra más que enfrentar sus errores. Lo hace porque al cuestionarle a este operador sobre el significado de su concepto ilimitado y la política de uso razonable que este operador pone como tope al concepto ilimitado, este jugador, que no hay que olvidar que forma parte del agente económico preponderante en el sector telecomunicaciones, simplemente le responde al IFT que fue esta autoridad quien le autorizó esos paquetes tarifarios. Por ello, resulta increíble que el IFT difunda haber ordenado a Telmex que bajara su publicidad, cuando fue esta misma autoridad la que le permitió esos paquetes y la correspondiente letra chiquita que advierte cuándo deja de ser “ilimitado” el servicio contratado.

Es decir, aunque el IFT hubiera tenido una intención real de sancionar a Telmex, no podría haberlo sancionado, pues como menciono arriba, ya le había autorizado portarse mal. En los hechos, la publicidad engañosa de Telmex fue implícitamente aprobada previamente por el regulador.

En este sentido, causa inquietud saber que las únicas tarifas de servicios de telecomunicaciones que tiene que autorizar el IFT, las de Telmex y Telcel, por ser parte del agente económico preponderante, no son sometidas a un proceso regulatorio conforme a las mejores prácticas internacionales, que permita saber si pueden dañar el proceso de competencia en el sector telecomunicaciones.

Lo anterior, combinado con los reportes trimestrales sobre el cumplimiento de las obligaciones de preponderancia difundidos apenas hace tres semanas, pone en evidencia que en realidad la autoridad reguladora no está preocupada por llevar a cabo con celo su tarea de velar por que en México existan verdaderas condiciones de competencia y de velar por el bienestar de los usuarios. Sobre esos reportes trimestrales ya me referí con preocupación en este espacio al día siguiente de su difusión.

Entonces, lejos de mostrar una genuina convicción por el bienestar del usuario, lo que hizo el IFT fue mostrar una faceta de regulador benevolente, pero con el preponderante, el agente al que debe vigilar mucho más de cerca, para poder cumplir con los objetivos de la reforma de telecomunicaciones. En resumen, el IFT recurrió a la publicidad engañosa para hacernos creer que sí se preocupa por el usuario.

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