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La molesta transparencia

¿No le molesta a usted que los burócratas y los políticos utilicen siempre la ley a conveniencia, interpretándola para apoyar el punto de vista que les conviene en ese momento y cambiando de criterio cuando su interés cambia? Ejemplos hay muchos, pero el más reciente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es verdaderamente preocupante. Como la Chimoltrufia, así como dicen una cosa dicen otra, sin ningún pudor.

El 12 de septiembre venció el plazo para que los interesados en participar en la licitación de la red compartida mayorista solicitaran al IFT la opinión en materia de competencia económica. Al respecto, el IFT emitió el comunicado 100/2016 que, a la letra, dice “por tratarse de un procedimiento en curso, en tanto el concurso se encuentre en trámite, el IFT no revelará información sobre los solicitantes. La información se dará a conocer, en su versión pública, una vez emitido el fallo del concurso, de conformidad con las leyes aplicables”.

En el comunicado del IFT, para no variar en todo lo que hace el señor Edgar Yemán García Turincio, coordinador general de Comunicación Social desde que era la tapadera de Mony de Swaan, hay dos mentiras: 1) la fracción VIII del artículo 110 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, derivada del artículo 113 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece que será reservada la información que contenga opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, hasta en tanto no sea adoptada la decisión definitiva, y 2) la decisión definitiva del IFT se dará al emitir su opinión, no al momento del fallo mediante el cual la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) asigne el contrato al ganador.

¿Qué acaso el señor García no sabe la diferencia entre los nombres de los solicitantes y las opiniones, recomendaciones o puntos de vista de los servidores públicos? Los nombres, denominaciones o razones sociales de los solicitantes no son opiniones, recomendaciones o puntos de vista, razón por la cual es imposible encuadrar esta información como reservada. Francamente, todo indica que el señor García afirma tal absurdo para poder ocultar información.

A las pocas horas, en diversas entrevistas a medios impresos y radiofónicos, después de que varios expertos en el sector manifestamos nuestro desacuerdo ante la opacidad con la que la que se está manejando esta licitación, tanto la subsecretaria Mónica Aspe como el presidente del IFT, Gabriel Contreras, recularon y dijeron que siempre no, que los nombres de los participantes se darían a conocer una vez que éstos hubiesen presentados sus ofertas y ya no al momento del fallo, como decía el irresponsable comunicado del IFT.

Y es que no hacerlo así contradeciría lo que el propio IFT ha hecho en todas sus licitaciones. En la licitación de canales de TV, dieron a conocer a los tres interesados (Estudios Tepeyac, Cadena Tres y Radio Centro) antes del fallo (comunicado 60/2014). En la licitación de espectro para celulares (AWS) dieron a conocer a los dos interesados (Telcel y ATT), también antes del fallo (comunicado 119/2015). ¿Por qué, entonces, en el caso de la red compartida pretendían eliminar la transparencia hasta después del fallo, cuando cualquier irregularidad sería un hecho consumado?

Aparentemente es una práctica común del IFT ocultar la información que por ley debe hacer pública. ¿Acaso no está consciente de que la misma Constitución establece la transparencia como uno de los principios que deberán regir las licitaciones? La transparencia en licitaciones no es un tema abierto a interpretación o argumentación por parte del señor García o por parte del IFT. Si no le queda claro al señor García la obligación que tienen, lo invito a leer el amparo en revisión 290/2006 del 25 de octubre del 2006, en el cual se establece que la publicidad en licitaciones implica la posibilidad de que los interesados conozcan todo lo relativo a la licitación correspondiente, desde el llamado a formular ofertas hasta sus etapas conclusivas. ¿Qué parte de licitación pública no entienden?

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