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Telecom: beneficios efectivos a los usuarios


Han transcurrido seis semanas desde que entró en vigor la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR). En este espacio de tiempo relativamente corto ya es posible observar un dinamismo a la baja en las tarifas de los servicios móviles que permite afirmar, sin lugar a duda alguna, que el Congreso de la Unión no andaba tan equivocado por lo que hace a las disposiciones contenidas en este nuevo marco legal, orientadas a nivelar las condiciones bajo las que se desenvuelven todos los operadores que participan en el sector telecomunicaciones. / En su artículo de la semana pasada, Ernesto Piedras, también colaborador semanal de El Economista, hizo referencia a las disminuciones en las tarifas de los servicios móviles, de voz y datos, observadas en las primeras cinco semanas desde que entró en vigor la nueva ley, disminuciones que en ese lapso de tiempo llegan a ubicarse en 32% para el caso de los planes de pospago.

En paralelo a estas disminuciones, los usuarios tienen a su alcance otro beneficio muy importante: el que el operador preponderante ya no puede discriminar vía tarifas entre las llamadas que hacen sus usuarios a otros usuarios de esa misma red y las que llamadas a usuarios de otras redes. Ésta era una práctica que utilizaba Telcel, que en virtud de su elevada participación de mercado, se traducía en una práctica que le otorgaba ventajas indebidas.

Esta práctica inhibía que muchos usuarios de Telcel se decidieran a cambiar de operador, simplemente porque a sus contactos que se mantuvieran en la red de Telcel ya no les saldría gratis llamarles -a los que optaran por el cambio-, como sí sucedía si se mantuvieran como usuarios de Telcel. De acuerdo con estimaciones de la firma de consultoría Axon, empeñarse en una necedad de cambiarse de operador bajo estas condiciones, hubiera representado un costo de entre 4,000 y 8,000 millones de pesos para los usuarios.

Cuando el IFT declaró preponderante a América Móvil y le impuso un conjunto de medidas de regulación asimétrica, optó por no prohibir de manera expresa la discriminación tarifaria citada, entre otras razones, porque imponer dicha prohibición -decía el órgano regulador- terminaría por provocar que el preponderante se inclinara por cobrar en todas las llamadas de sus usuarios la llamada tarifa off net, que cobraba por llamadas a otras redes y que era más alta que la tarifa on net, para llamadas dentro de su propia red. El IFT estimaba que prohibir la discriminación podría provocar un aumento en las tarifas que pagaban los usuarios.

No obstante este vaticinio del IFT, el Congreso optó por sí introducir una disposición expresa que prohibiera la discriminación tarifaria ya explicada, así como la celebración de contratos de exclusividad para la compra y venta de equipos terminales y para puntos de venta y distribución.

A seis semanas de vigencia de la LFTR, los paquetes que ofrece Telcel ya no discriminan entre llamadas a su red y a otras redes, y contrario a la estimación del IFT, sus tarifas también han disminuido en este periodo de tiempo. Asimismo, ya no puede usar su poder de mercado para impedir que los distribuidores de servicios de recarga ofrezcan recargas de otros operadores.

En resumen, la LFTR aprobada por el Congreso ha generado importantes beneficios a los usuarios que por alguna razón el IFT había estimado no tendrían ese impacto positivo para el bienestar de éstos. Ojalá el IFT no caiga en la misma visión cuando analice si el plan de desincorporación de activos de América Móvil garantiza o no las condiciones de competencia efectiva que exige la ley.

*El autor es Senador de la República.

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