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IFT: No puede perder el control

2020.10.02

Vía El Sol de México

Una serie de acontecimientos que se han venido dando muestran una señal donde el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) está perdiendo el control como órgano regulador, no sabemos si se trate de un conflicto interno o de una falta de voluntad para tomar decisiones.

Como ejemplos: su falta de aplicación estricta de las medidas asimétricas al agente económico preponderante en telecomunicaciones; un trato suave y consecuente con el tema Disney – Fox Sport; tolerar que se aumente el pago por uso del espectro; una disputa en la que parece que la COFECE le está llevando la delantera en el conocimiento de asuntos de competencia económica y una inacción en materia de radios piratas.

Donde podría dar otro traspié es en la consulta sobre el uso secundario de frecuencias, a fin de impulsar los Autocinemas, situación coherente si se considera que, con motivo de la pandemia, la industria del cine y entretenimiento se ha visto afectada; aunque también contempla, auto conciertos, celebraciones religiosas o reuniones de la sociedad civil.

El problema es que en los lineamientos a consulta se percibe que no podría existir orden y control de las frecuencias para uso secundario en radiodifusión. En efecto, lo que está haciendo el IFT, es ofrecer -en teoría- la banda de 88 MHz a 108 MHz que solo esta atribuida al servicio de radiodifusión (FM), lo que conlleva potenciales riesgos para la operación de este servicio.

Pero es tan amplia la propuesta del IFT, que en el Anteproyecto de modificaciones a los Lineamientos se consideran “Autorizaciones” para las bandas de frecuencias de AM y TV.

Si se atiende al artículo 170 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, se puede observar que no se consideran bajo el régimen de Autorización a las frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión, por lo que el Anteproyecto no cumple con lo que establece la Ley citada en cuanto al régimen de Autorización que intenta establecer.

El hecho de considerar otorgar para los eventos que se mencionaron una Autorización para radiodifusión en las bandas de frecuencias atribuidas para radiodifusión en AM, FM y TV, podría dar origen a la aparición de múltiples estaciones radiodifusoras de baja potencia con los consecuentes riesgos de producir interferencias a las estaciones de radiodifusión autorizadas por el IFT en estas bandas e inclusive bajo esta figura de Autorización, las asociaciones religiosas y los ministros de culto podrían poseer estaciones de radio, o televisión; y podría haber mensajes gubernamentales o de partidos políticos.

Ahora bien, el IFT como administrador del espectro debe procurar su buen uso, para tal efecto debe rectificar el planteamiento de su Anteproyecto y dejar claro que no entran frecuencias de AM y TV, y en el caso de la banda para FM ser riguroso en los requisitos y tener una vigilancia de las llamadas Autorizaciones. Y no olvidar como vigilaran otras autoridades, como las Secretarías de Gobernación y Salud y el INE.

El IFT está en un momento propicio para enderezar el barco, ya la Suprema Corte les mando un mensaje por la legalidad, sólo resta actuar en orden.

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