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Banda ancha y Alicia en el País de las Maravillas

La ITU y la OCDE definen técnicamente el servicio de banda ancha como la capacidad de descarga de datos por Internet a velocidades de por lo menos 256 kbps.

2017-11-30

La Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU, por su sigla en inglés) y la OCDE definen técnicamente el servicio de banda ancha como la capacidad de descarga de datos por Internet a velocidades de por lo menos 256 kbps (kilobits por segundo).

Sin embargo, es claro que ésa debe ser una definición dinámica en el tiempo, en función del avance tecnológico que faculta su creciente velocidad y diversas capacidades.

Es así que instituciones y autoridades en todo el mundo clasifican con criterios diversos los estándares mínimos de velocidad aplicables a los proveedores de servicios de Internet (ISP). Por ejemplo, en el caso del Reino Unido, Ofcom ha determinado la banda ancha estándar con velocidades de 10–30 Mbps (megabits por segundo), mientras que la superrápida es aquella con una oferta de 30 Mbps o superior (previamente definida a partir de 24 Mbps), obviamente en línea con la definición de la Comisión Europea. El segmento de la denominada banda ancha ultrarrápida se identifica por ser aquella con velocidades de 300 Mbps o superior.

Otro referente internacional útil corresponde a los Estados Unidos de América, en donde desde hace un par de años se elevó el estándar mínimo de velocidad de descarga para que una conexión a Internet sea considerada de banda ancha de 4 a 25 Mbps. Asimismo, se estableció como objetivo en su Plan Nacional de Banda Ancha proporcionar a 100 millones de hogares un acceso real a Internet a velocidades de 100 Mbps hacia el 2020.

En México ha sido anunciada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones una consulta pública del anteproyecto que contiene estándares propuestos, precisamente para definir los parámetros que deben cumplir los ISP en términos de velocidad para que una oferta de Internet sea considerada como tal, como “banda ancha”.

Entre otras razones esto cobra importancia en el marco de la reforma constitucional que fijó la meta de garantizar que una gran mayoría de hogares y mipymes, 70 y 85% respectivamente, cuenten con acceso efectivo a Internet, con estándares de velocidad de descarga equiparables a los registrados entre los países de la OCDE.

Al respecto, los indicadores de velocidad publicados por la propia organización y recabados por Ookla, empresa de diagnóstico del servicio de Internet, revelaban que, en tiempos de la concreción de la reforma, nuestro país se encontraba con una velocidad de prácticamente la mitad (descarga promedio de 11.8 Mbps) de la registrada por el conjunto de países miembros (24.1 Mbps). Al realizar el mismo ejercicio comparativo internacional, resulta que si bien México ha elevado de manera importante la velocidad de descarga, para alcanzar al mes de octubre del 2017, el nivel de 19.3 Mbps, el correspondiente al promedio de los países de la OCDE se ha elevado más que proporcionalmente, para alcanzar 53.8 Mbps, con lo cual nos alejamos como país de alcanzar ese promedio objetivo.

Si bien en términos absolutos hemos avanzado, no vaya a aplicar aquí la Hipótesis de la Reina Roja de la novela de Lewis Carroll, Alicia en el País de las Maravillas, donde los habitantes del país debían correr lo más rápido posible, sólo para permanecer donde están.

Porque para nadie es un secreto hoy día, que a esa velocidad que corramos como país, para conectar óptimamente a todos los mexicanos, correrán también nuestras capacidades productivas, competitivas, educativas, culturales y de acción democratizadora, entre muchas otras.

Así, la operación del mercado y la aplicación regulatoria deben seguir buscando la fórmula para alcanzar y rebasar los referidos estándares internacionales. Todo, a la velocidad del avance tecnológico.

 

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