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Un paso adelante

Federico González Luna Bueno | El Financiero | 11 de Noviembre 2015.

El pasado 4 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación un instrumento de primera importancia para los medios de comunicación, a ser analizado primeramente a la luz de los principios y fundamentos de la libertad de expresión. Se trata de la nueva Ley Reglamentaria del artículo 6o., párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho de réplica.

Un ordenamiento indispensable en un contexto democrático, donde la discusión, aclaración y corrección de las ideas y expresiones debe darse bajo cauces claros, eficaces, transparentes e institucionales.

El derecho de réplica tiene que ver con el derecho a disentir de aquellas expresiones que son erróneas e inexactas que son difundidas por cualquier medio de comunicación. Incide –incluso puede ser la contrapartida– de una libertad constitucional de primer orden: el derecho de expresar ideas, pensamientos, opiniones, difundir noticias u obras creativas, lo cual atañe a la prensa escrita, radio, televisión o Internet.

Era muy importante que este nuevo ordenamiento tuviera, como ocurrió, una implementación que se fundamentara en el respeto irrestricto a la libertad de expresión. El derecho de réplica es un derecho a la rectificación; es un derecho de implicaciones delicadas que, de no diseñarse adecuadamente, puede vulnerar la libertad d expresión

El derecho de réplica no es autónomo; es parte de su dinámica el estar en continuo movimiento junto con el derecho de acceso a la información y el derecho a la libertad de expresión. Los tres deben coexistir, sin demérito de los otros.

En las discusiones para la aprobación de esta nueva ley, hubo riesgos serios para la libertad de expresión. Hubo quienes la criticaron y denostaron pese a que previamente se habían pronunciado por la existencia de esta ley y habían presentado iniciativas similares al nuevo ordenamiento legal. Pero hay personas para las cuales sólo existe un camino adecuado: el que ellos determinan.

Muy su derecho de decir y opinar, pero creo que, en el fondo, se trata de algunos especialistas y legisladores para los cuales toda la realidad –literalmente– se circunscribe a dañar en lo posible a las empresas de radiodifusión, principalmente las de televisión, incluso si con ello se atropella la libertad de expresión en perjuicio de todos los demás medios de comunicación, lo que para ellos, finalmente, viene a ser lo de menos.

La nueva ley resulta atinada y oportuna, ya que establece con toda claridad cuál será el procedimiento y vías para pedir una aclaración o rectificación ante información falsa e inexacta. Se trata de un nuevo procedimiento que se tramitará en su instancia judicial, en su caso, en la forma más expedita que alguna vez se haya previsto en el derecho mexicano. El avance es sustancial.

No hay que confundir; lo que los sistemáticos detractores buscaban era el linchamiento, la represalia y el desquite, no un derecho de réplicacomo una aclaración pertinente y oportuna, de la misma extensión y proporcionada.

La nueva ley contiene un importante esfuerzo legislativo que permite poner en blanco y negro el procedimiento y vías para pedir unaaclaración ante los medios de comunicación, se logra un trato de igualdad y equidad a todos los medios de comunicación sin crear procedimientos especiales según se trate de un medio de comunicación en particular.

Armoniza la libertad de expresión y la libertad de información de las personas. Se contuvo un nuevo intento de vulnerar una libertad esencial de las personas ejercido a través de los medios de comunicación.

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