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Suprema Corte elimina la tarifa cero a Telmex

Instituto Federal de Telecomunicaciones

2018-04-19

Junto con Telnor podrá cobrar la interconexión a partir de enero de 2019; la sentencia niega que los pagos sean retroactivos.

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las empresas Telmex y Telnor podrán cobrar por tarifas de interconexión a partir de enero de 2019, al eliminar la tarifa cero.

     Por unanimidad, los ministros aprobaron los proyectos de sentencia de los ministros Alberto Pérez Dayán y Eduardo Medina Mora, que proponían conceder la protección de la justicia a las empresas. Se trató del amparo a revisión 1306/2017, el cual fue promovido por Telmex.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ordenó a las empresas, realizar una separación para crear otras compañías independientes de servicios mayoristas, por ser preponderantes en sus respectivas zonas de operación.

Durante la sesión, el ministro Pérez Dayán propuso que el cobro de interconexión a otras compañías telefónicas no debe tener efectos retroactivos (las quejosas pedían que fuera desde 2014), sino que éste deberá iniciar a partir del 2019, tal y como lo establezca el IFT.

Por lo que el amparo no tendrá efectos retroactivos, en perjuicio de las competidoras de Telmex y Telnor, y  no tendrán que resarcir los más de cuatro años de exención de pago de tarifas a estas firmas, como sucedió en el caso de Telcel.

  • El Dato: Por unanimidad de votos, los ministros de la segunda sala de la SCJN ampararon a Telmex y Telnor contra esta tarifa.

Pérez Dayán indicó que en el caso de Telmex, el IFT deberá considerar las obligaciones de carácter social, concedidas en el título de concesión a la empresa.

Los comentarios del ministro fueron adheridos al proyecto de sentencia presentado por Medina Mora, quien también propuso amparar a Telnor.

Las dos empresas se ampararon contra el artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que desde 2014 impidió a las compañías de América Móvil cobrar por interconexión; esto debido a que es agente económico preponderante en el sector.

Cabe recordar que en noviembre pasado, un tribunal había negado el amparo a Teléfonos de México, en especial contra las multas que recibió por instalar cabinas telefónicas en las calles de la Ciudad de México, sin autorización para hacerlo; mientras la compañía alegaba una exigencia de los permisos para colocarlos en la vía pública.

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