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Ordenan a Buenos Aires suspender a Uber

El Economista | 13 Abril 2016

La Justicia de Buenos Aires hizo lugar a un recurso de amparo y ordenó al Gobierno de la Ciudad que “de modo inmediato” suspenda las actividades de Uber, empresa dedicada al transporte de pasajeros que había generado una fuerte polémica y el rechazo de taxistas. En tanto desde la empresa sostuvieron que siguen operando con normalidad.

La resolución fue adoptada por el juez Víctor Trionfetti, a cargo del Juzgado 15 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En su fallo, ordenó al Gobierno porteño que “de modo inmediato arbitre las medidas necesarias para suspender cualquier actividad que desarrolle la empresa Uber”.

A poco menos de 24 horas del inicio de actividades de la empresa estadounidense, la Justicia le impidió continuar con las actividades. Empezó a operar el 12 de abril a las 16:00 horas.

El servicio Uber, que permite unir desde una aplicación móvil para teléfonos a conductores que ofrecen viajes con su auto y pasajeros que lo requieren, generó el rechazo del gremio de taxistas que realizó varias protestas en el centro porteño.

El anunciado desembarco también puso en alerta al gobierno de Horacio Rodríguez Larreta que ratificó la ilegalidad del servicio y que le aplicaría multas. En la resolución judicial, el magistrado pidió a la Agencia Gubernamental de Control que informe si la empresa solicitó la habilitación, y a otras dependencias de la administración porteña que reporten si requirió actuar como transporte de pasajeros. Las respuestas deben ser enviadas en un plazo no mayor a cinco días.

A su vez, el juez dispuso la notificación de la existencia del presente proceso y la presente resolución al Ente Único Regulador de Servicios Públicos, en tanto órgano de control. La resolución fue consecuencia de una acción de amparo impulsada por Jorge Omar Viviani y Miguel Ángel Espinosa en su carácter de Secretario General y Tesorero, respectivamente, del Sindicato de Peones de Taxis de la Capital Federal.

En los fundamentos de la resolución, el juez admitió la “complejidad” del planteo ya que “posee aspectos colectivos ostensibles cuyo tratamiento y decisión puede incidir en diferentes grupos con intereses o posiciones jurídicas encontradas”.

“Tal escenario me convence de que el proceso de amparo, sólo reglamentado para casos individuales o litisconsorciales, no puede absorber ni garantizar un riguroso tratamiento del conflicto ante la densidad de los tópicos mencionados”, señaló.

Desde la empresa, y por medio de un tuit indicaron que siguen “operando con normalidad y comprometidos con nuestro objetivo de generar +35,000 oportunidades de ingreso para nuestros socios”.

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