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Contexto y consecuencias de la tarifa cero de interconexión

El resultado de los amparos interpuestos por el Agente Económico Preponderante (AEP-T) en el sector telecomunicaciones ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tendrá enormes consecuencias para la competencia en el sector de las telecomunicaciones. Para entender los alcances de esta decisión, nos concentraremos en la historia que hay detrás y las consecuencias que tendría la decisión de la SCJN en las telecomunicaciones y sus usuarios.

El contexto

Cuando se privatizó la empresa estatal de telecomunicaciones Telmex en diciembre de 1990, el gobierno mexicano decidió vender la empresa como una totalidad a diferencia de países como Brasil donde la paraestatal Telebrás fue dividida en una docena de compañías separadas antes de privatizarse. Por tal motivo el monopolio estatal mexicano de las telecomunicaciones, con el mayor número de clientes y de infraestructura, se convirtió de facto en un monopolio privado.

El resultado es un desbalance histórico en el poder de mercado del AEP-T. En 1997, cuando el AEP-T hizo públicos datos sobre su división de telefonía celular, declaró tener más de un millón de clientes en este servicio. Datos de la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) indicaban que en total existían 1.7 millones de clientes de celular. Esto nos da una idea del poder que ya desde entonces tenía este agente.

Esta situación se mantuvo pese a la llegada de nuevos jugadores al sector. Un análisis de la Escuela de Graduados en Administración Pública (EGAP) del Tec de Monterrey en 2007 describe en dos párrafos la situación.

Incluso abunda en el caso de un competidor que se tuvo que salir por esta situación a inicios de la década pasada, justo por este desbalance.

En 2010 la Comisión Federal de Competencia (entonces llamada Cofeco) inició procedimientos para analizar y controlar el poder sustancial del AEP-T y para el año siguiente puso a consulta un sistema de tarifas de interconexión asimétrica entre los competidores y el AEP-T con el fin de reducir la capacidad de este gigante para imponer tarifas que dañasen los márgenes de los competidores. Cabe señalar que en 2011 la tarifa de interconexión era de alrededor de 39 centavos de peso por minuto, lo cual representaba una sangría para las empresas de telecomunicaciones competidoras del AEP-T.

En agosto de 2014 entra en vigor la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en cuyo artículo 131, inciso A señala que:

Los agentes (económicos preponderantes en el sector telecomunicaciones) a los que se refiere el párrafo anterior, no cobrarán a los demás concesionarios por el tráfico que termine en su red.

Por esta razón esta empresa se inconformó ese mismo mes de agosto interponiendo una serie de amparos que hoy están en el escritorio de los ministros de la SCJN.

Las consecuencias

El impacto económico de la decisión de la SCJN no se puede subestimar. De acuerdo con estimaciones de la consultora The CIU, el AEP-T estaría en condiciones de exigir a sus competidores entre 20 centavos de peso por minuto de tráfico móvil concluido en su red en 2014 hasta 12 centavos en 2017. En el caso del tráfico fijo, es decir las llamadas que terminan en la red fija del operador preponderante, las tarifas oscilan entre 1 centavo por minuto para el año 2014 hasta una décima de centavo en 2017. Estas cantidades suenan ínfimas, pero el consumo los servicios de voz de los usuarios mexicanos es inmenso: de acuerdo con datos del Instituto Federal de Telecomunicaciones en 2016 los mexicanos realizaron más de 194 mil millones de minutos de llamadas desde celulares.

No extraña que el costo final sea enorme. La misma consultora The CIU estableció que en estos tres años que no se cobraron tarifas de interconexión, el AEP-T podría exigirles a sus competidores unos 19,492 millones de pesos, algo así como 1,050 millones de dólares por las tarifas no cobradas entre 2014 y junio de este año.

Esto excede por mucho, las capacidades económicas de los competidores del AEP-T. Tan sólo las otras dos empresas de telefonía móvil tendrían que pagar enormes cantidades: la estadounidense alrededor de 273 millones de pesos y la española unos 343 millones de dólares. Esto sobrepasa su capacidad de inversión y probablemente sus fondos en caja.

Pero las consecuencias no sólo serían para las empresas, que muy probablemente tendrían que posponer o cancelar proyectos de inversión como la extensión o mejora de sus redes 4G-LTE o incluso dejar de operar en el país simplemente por falta de recursos para pagarle al AEP. Los millones de usuarios de servicios de telecomunicaciones móviles de los competidores del AEP-T tendrían que volver a pagar tarifas por terminación de llamada y por ende se terminarían los planes de llamadas ilimitadas. Y hay que decirlo, por muchos servicios de mensajería móviles que hoy día existen, la voz sigue siendo el servicio de telecomunicaciones móviles más usado en el país.

Ahora queda claro todo lo que está en juego con la decisión de la SCJN, para las empresas pero sobre todo, para los usuarios de telecomunicaciones mexicanas.

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Gerardo Soria Gutiérrez Es abogado y consultor en derecho especializado en telecomunicaciones de México. Licenciado en Derecho, summa cum laude, por la Universidad Iberoamericana...