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Eduardo Ruiz Vega

La Razón

Todo parece indicar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en pleno y después de años de litigio, ha establecido el resultado de la peligrosa apuesta que asumió la telefónica regiomontana Axtel hace algunos años.

Muchas personas no lo saben, especialmente los usuarios de Axtel que durante años pagaron una tarifa similar a la de otros usuarios de telefonía fija, pero la empresa del marcianito se jugó el todo por el todo, cual ludópata enviciado en Las Vegas, al pretender cobrar en un extremo (a sus usuarios) y no pagar en el otro (a las compañías celulares que terminan sus llamadas).

La inteconexión es la conexión entre distintas redes de telecomunicaciones. Sin la interconexión, los usuarios de una red no serían capaces de comunicarse con los usuarios de otra. En lugar de un sistema telefónico nacional como el que se ha construído teniendo como piedra angular esta conexión entre redes o acceso, lo que tendríamos es un conjunto de redes telefónicas aisladas. De hecho, en la primera etapa de la telefonía, el mercado estaba conformado de esa manera.

Con la Ley Federal de Telecomunicaciones y el proceso de apertura a la competencia en la telefonía local y de larga distancia, se estableció un nuevo régimen en materia de interconexión. Palabras más, palabras menos, la interconexión se volvió obligatoria y de interés público, a ser negociada en primera instancia por las partes y, ante la falta de un acuerdo entre las mismas, a ser resulta mediante condiciones establecidas por la autoridad, es decir, por la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

Así sucedió en abril de 1996, cuando la autoridad (en este caso la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ya que la Cofetel aún no nacía) estableció las bases para el inicio de la competencia entre operadores de larga distancia el 1 de enero del 2007. También, en noviembre de 1998 cuando el órgano regulador de las telecomunicaciones, en una suerte de combo, resolvió las primeras tarifas recíprocas entre operadores fijos y móviles, así como entre pares, para dar inicio a la modalidad conocida como “el que llama paga” que ha sido la herramienta de política pública empleada en la expansión de la telefonía celular entre la población.

** El sistema no es perfecto, pero es legal. La intervención de la autoridad en la fijación de las tarifas es necesaria, ante la ausencia de consenso entre los operadores, para garantizar la comunicación entre los usuarios de todas las redes, sin distinción de la tecnología que emplean o de su tamaño en relación con las demás. De acuerdo con las mejores prácticas internacionales, la interconexión no debe ser un negocio y las tarifas que se cobren entre operadores por terminar las llamadas de la red de origen deben orientarse a la recuperación de costos más un margen de utilidad razonable. Esa es la teoría.

Por años, la posición asumida por Axtel ha parecido cuestionable. Primero, debido a que detrás de argumentos que sonaban loables, como evitar subsidios indebidos entre redes concesionadas, se dibujaba una apuesta contraria al interés público y a la teoría detrás de la interconexión: Axtel apostó a que los tribunales le darían un negocio financiero o arbitraje de un insumo que no debe serlo. Enarbolando el estandarte del no subsidio, Axtel pretendió que sus elecciones tecnológicas y la realidad de su mercado, el de la telefonía fija, fuera subsidiado indebidamente por el dinero de sus usuarios. Axtel perdió.

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