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PRD frena ley de réplica, pendiente desde el 2008

20426119. México, D.F.- Durante la sesión ordinaria en el Senado de la Republica. NOTIMEX/FOTO/BERNARDO MONCADA/BMR/POL/

Tania Rosas | El Economista | 1 de Septiembre 2015

Los legisladores perredistas se manifestaron en contra del proyecto por considerar que promueve que los spots electorales se difundan como derecho de réplica.

El PRD en el Senado frenó la aprobación del dictamen de la ley de derecho de réplica, ley reglamentaria que debió aprobarse desde abril del 2008 por ordenamiento constitucional.

Este lunes estaba listo el dictamen de la ley reglamentaria del Artículo 6 constitucional en materia de derecho de réplica. Las comisiones unidas de Gobernación, Justicia y Estudios Legislativos, Segunda, se declararon en sesión permanente para buscar consensos, luego de que los senadores del PRD se manifestaron en contra del proyecto, por considerar que contiene disposiciones fuera de contexto y promueve que los spots electorales se difundan como derecho de réplica.

El dictamen establece que el derecho lo tiene toda persona para aclarar información difundida en un medio de comunicación, siempre y cuando los datos o imágenes sean inexactos o falsos y cuya divulgación le cause al referido un agravio ya sea político, económico, en su honor, en su vida privada o en su imagen.

Este derecho también lo podrán ejercer partidos políticos y los familiares hasta el segundo grado de alguna persona fallecida a la que cite el medio de comunicación.

Los sujetos obligados que no difundan la réplica serán sancionados con multas de 500 a 5,000 días de salario mínimo; en caso de que un juez considere procedente la publicación o difusión de la aclaración y el sujeto obligado se niegue a cumplir la sentencia o lo haga fuera del plazo establecido será sancionado con multa de 5,000 a 10,000 días de salario mínimo.

Incluye el procedimiento para solicitar la réplica. El sujeto obligado tendrá un plazo máximo de tres días hábiles para resolver si procedencia de solicitud. Habrá un procedimiento judicial que se podrá iniciar a petición de parte si el sujeto obligado negó el derecho al solicitante.

“El contenido de la réplica deberá limitarse a la información que la motiva, y en ningún caso podrá comprender juicios de valor u opiniones, ni usarse para realizar ataques a terceras personas y no podrá exceder del tiempo o extensión del espacio que el sujeto obligado dedicó para difundir la información falsa o inexacta que genera un agravio”, destaca.

Alejandro Encinas, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, advirtió que esto abre a los medios de comunicación un nuevo mercado en el que puede surgir un “fenómeno perverso”, pues las inserciones pagadas y los spots de campaña podrían disfrazarse como derecho de réplica.

Dolores Padierna dijo que el dictamen tiene deficiencias y carece de juicios sumarios para que el daño se corrija de manera oportuna, mientras que Benjamín Robles advirtió que se perdería la celeridad de la réplica.

Congresos estatales podrán legislar Ley de Réplica

Mientras el Congreso de la Unión no apruebe una ley federal sobre el derecho de réplica, los congresos de los estados podrán normar este tema, concluyó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver acciones de inconstitucionalidad contra diversos artículos de la Ley Electoral de Zacatecas. Los ministros validaron el artículo décimo transitorio, que permite a la autoridad electoral local regular el derecho de réplica. Ello debido a que el Congreso de la Unión no ha emitido aún la ley federal. (A. Langner)

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