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Ministro Laynez fue parcial en proyecto que propone amparar a Telcel respecto a tarifa cero: Idet.

Gerardo Soria, presidente del Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (Idet) afirmó que “es parcial” el análisis que hace el ministro Javier Laynez Potisek sobre el proyecto de sentencia que propone amparar a Telcel en contra de la prohibición de cobrar tarifas de interconexión a sus competidoras.

En entrevista para el espacio de “Fórmula Financiera”, comentó que en el tema de telecomunicaciones, en este proyecto se señala que la Constitución le otorga al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), de manera exclusiva, la atribución para establecer las medidas asimétricas que le deben aplicar al preponderante.

“En el Idet no coincidimos con eso, creemos que el análisis que hace el ministro Laynez es parcial, y omite dos elementos esenciales: El artículo cuarto transitorio de la reforma constitucional en telecomunicaciones faculta expresamente al Congreso de la Unión para emitir una ley que regule de manera convergente a los sectores telecomunicaciones, radiodifusión, el aprovechamiento del espectro radioeléctrico y las redes públicas de telecomunicaciones”.

Lo anterior, dijo, “está relacionado con el artículo 28 constitucional, donde viene las atribuciones del Ifetel y dice que es atribución del Ifetel regular la industria para buscar la competencia, mejores servicios, etcétera, con base en lo establecido en la Constitución y en las leyes, lo cual quiere decir que el Congreso sí tenía la facultad constitucional de emitir la ley para regular redes públicas de telecomunicaciones y que el Ifetel está limitado en su actuación, a lo que establezca a la ley”.

Afirmó que estos dos elementos no fueron analizados por el ministro en el proyecto de sentencia, “por eso creemos que tuvo una visión parcial del problema”.

Alertó que ante esta situación, el problema real que se dará es que al decir que el Ifetel es el único que puede establecer las medidas de preponderancia, se caerán por completo todas las medidas de preponderancia que tienen en la ley.

Subrayó que el Ifetel emitió unas medidas de preponderancias en marzo de 2014, “unos meses antes de que entrara en vigor la ley, pero se quedó muy corto, estableció unas medidas que la verdad no servían para nada, unas medidas que permitían el efecto club, unas medidas que tenían una simetría en tarifas de interconexión de sólo el 30 por ciento; es decir, una simetría muy tímida, si tomamos en consideración el tamaño de la red de América Móvil.

“Es decir, el Ifetel hizo mal su trabajo y el Congreso le corrigió la plana y fue en la ley precisamente, no en las medidas del Ifetel, en donde se estableció la obligación de no cobrar por terminar llamadas en la red preponderante, se estableció la prohibición de discriminar entre llamadas dirigidas a la propia red del preponderante y las dirigidas a otras redes, es decir el efecto club; se establecieron obligaciones como el roaming nacional a costo incremental promedio, etcétera”.

Apuntó que con decir que todo lo que haya dicho el Congreso de la Unión en la ley, en materia de medidas de preponderancia, es inconstitucional, “no sólo se va a caer la tarifa cero -que es simplemente una obligación de no cobro-, se van a caer también todas las demás medidas de preponderancia establecidas en la ley, como es la prohibición del efecto club, el roaming nacional a costo incremental promedio, etcétera, pues ninguna de estas medidas las estableció el Ifetel”.

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Gerardo Soria Gutiérrez Es abogado y consultor en derecho especializado en telecomunicaciones de México. Licenciado en Derecho, summa cum laude, por la Universidad Iberoamericana...