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IFT aprueba primer programa trianual de red troncal

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó el Primer Programa Trianual para la construcción y crecimiento de la Red Troncal Nacional por parte de Telecomunicaciones de México (Telecomm), con la que se pretende llevar servicios de telecomunicaciones y banda ancha a las regiones más pobres y alejadas del país.

El Programa se aprobó en cumplimiento con lo dispuesto en la condición 8.3 de su título de concesión y en los Lineamientos para el Acceso Efectivo y Compartido a la Infraestructura de la Comisión Federal de Electricidad.

El objetivo del Programa Trianual es que Telecomm pueda planear, diseñar y ejecutar la construcción y el crecimiento de una robusta red troncal de telecomunicaciones de cobertura nacional.

En dicho programa se establecen actividades a ejecutarse en cuatro etapas que le permitirán transitar de un modelo de operación de corto plazo, donde se aprovecha la infraestructura disponible por parte de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Telecomm, hacia un modelo de operación de largo plazo para despliegue de kilómetros de fibra óptica e instalación de puntos de presencia que cumplan con directrices y parámetros de calidad.

Prevé la coordinación con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) en lo relativo a los programas de cobertura social y de conectividad en sitios públicos, a fin de llegar a zonas de difícil acceso, con lo que se busca generar condiciones para promover el desarrollo del sector de las telecomunicaciones y de la economía.

El regulador explicó que con la finalidad de preparar las estrategias, ajustes y plazos para el siguiente ciclo de planificación de la red troncal de telecomunicaciones de cobertura nacional, cada tres años, 90 días naturales antes del vencimiento del programa trianual vigente, Telecomm deberá presentar al Instituto un nuevo programa para la construcción y crecimiento de la red troncal que permita dar continuidad al anterior.

Por otro lado, el Pleno del Instituto aprobó la integración de su III Consejo Consultivo, que llevará a cabo sus actividades durante un año a partir de su instalación.

El Consejo Consultivo, como órgano asesor del Instituto respecto de los principios establecidos en los artículos 2, 6 y 7 de la Constitución, estará compuesto por expertos en materias de telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica.

Los posibles integrantes valorados por el Pleno son Patricia Arriaga Jordán,   Rodolfo De la Rosa Rábago, Ernesto M. Flores-Roux, Gerardo Francisco González Abarca, Santiago Gutiérrez Fernández, Erick Huesca Morales,Salma Leticia Jalife Villalón, Federico Kuhlmann Rodríguez, Elisa V. Mariscal Medina, Luis Miguel Martínez Cervantes, Alejandro Ulises Mendoza Pérez, Jorge Fernando Negrete Pacheco, José Luis Peralta Higuera, Paola Ricaurte Quijano y Gabriel Sosa Plata.

Por otro lado, en cumplimiento a la ejecutoria del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, el Pleno del Instituto dejó insubsistente la resolución P/IFT/041115/512, e instruyó a la Unidad de Política Regulatoria a reponer el procedimiento requiriendo  a Axtel-Avantel a precisar en qué consiste el “Servicio 900” y que las partes involucradas tengan la oportunidad de aportar las pruebas, alegatos y consideraciones pertinentes, para que en el momento procesal oportuno se someta a consideración del Pleno el proyecto de resolución que corresponda.

De igual manera, en cumplimiento con ejecutorias del Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, el Pleno aprobó dejar insubsistente la resolución P/IFT/170216/37 que originalmente resolvía un desacuerdo entre Marcatel y Pegaso PCS; así como la resolución P/IFT/080616/242 que se emitió para resolver un desacuerdo entre Maxcom y Grupo AT&T, toda vez que el Tribunal Colegiado estimó en ambos casos que la presentación de las respectivas solicitudes de desacuerdo de la que derivaron las resoluciones administrativas impugnadas, fueron presentadas con posterioridad al 15 de julio de 2015, incumpliendo con la obligación impuesta en el artículo 129 de la LFTyR.

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Gerardo Soria Gutiérrez Es abogado y consultor en derecho especializado en telecomunicaciones de México. Licenciado en Derecho, summa cum laude, por la Universidad Iberoamericana...