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La sospechosa prisa por cumplir

Todos sabemos que los procesos judiciales en México son tortuosos, largos y complicados. Un juicio criminal puede tomar meses y el cobro de una renta pude requerir años de litigios entre abogados, sin contar multitud de expedientes encerrados en cerros de hojas de papel. Sería una sorpresa que el Poder Judicial se moviese rápidamente para mover un asunto, el que fuese.

Por difícil de creer que parezca, esto sucedió el pasado 19 de enero, cuando el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones emitió una resolución para resolver un amparo interpuesto contra el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). Dicho amparo, ubicado en el expediente 141/2016 indicó que el IFT debía realizar una nueva investigación analizando el mercado de la televisión y audio de paga.

El 8 de febrero el IFT se dio por enterado de dicha resolución del tribunal y el 2 de marzo el instituto informó de los resultados de dicha investigación. ¿Algo hay extraño aquí? En apenas 10 días el IFT realizó una investigación que en condiciones normales tomaría meses sólo para el acopio de información. ¿Cómo es posible que los engranes de la justicia se movieran a gran velocidad cuando la ley se mueve con una velocidad menor a la de los caracoles?

La resolución del tribunal no sólo se ordenó una nueva investigación, sino que determinó que en un plazo de diez días se debía realizar y concluir dicha investigación. Hay que señalar que la investigación anterior realizada por el IFT con el expediente P/IFT/EXT/300915/114, inició el 5 de septiembre de 2014 y la resolución fue emitida el 29 de septiembre de 2015; más de un año después.

Esto sucedió porque el análisis fue exhaustivo. El IFT analizó en su primer estudio la competencia en servicios de televisión y audio de paga más de 2,100 localidades en el país. Más exactamente: 2,124 mercados relevantes. La cantidad de localidades da una idea de lo complicado que fue la primera investigación requerida para dicho primer estudio. Increíblemente un estudio similar fue realizado en apenas diez días por el IFT. Esto se sabe ya que la orden del juez fue realizar el segundo estudio en un período de tiempo distinto al del primero por lo que se tuvo que recabar con información totalmente nueva.

Suena enredado, pero así es el mundo judicial.

En la premura ordenada por el juez, el IFT realizó su nuevo estudio sin consultar ni pedir información a la parte afectada, lo que implica una grave violación al derecho constitucional de audiencia que tiene la parte afectada de un proceso judicial en su contra. Un derecho tan importante que a inicios de este mes, un juzgado determinó que el programa de fotomultas en la Ciudad de México era inconstitucional justamente por violar el derecho de audiencia.

Más extrañas son las motivaciones del Poder Judicial para ordenar una investigación sobre un mercado tan complicado como el de los servicios audiovisuales de paga en un tiempo tan breve, y, sobre todo, en un período anterior a septiembre de 2014, que, dicho sea de paso, fue menos de un año posterior al inicio de medidas regulatorias destinadas a mejorar las condiciones de competencia en estos mercados, plazo evidentemente demasiado breve para que tales medidas hubieran tenido un impacto sobre el comportamiento del mercado. En una industria como las telecomunicaciones las tendencias cambian lentamente. El analizar un período de tiempo semejante equivale a juzgar el crecimiento de una planta un par de días después de la germinación de su semilla.

Detrás de todo este asunto jurídico (que de suyo está lleno de vericuetos y asuntos de índole técnico) quedan preguntas que vale la pena hacer, ¿por qué el Poder Judicial ordena investigaciones fast-track al IFT?, ¿qué razones hay detrás de la determinación de un período diferente para la nueva investigación ordenada al IFT?, ¿es posible que el Poder Judicial haya decidido premeditadamente pasar por alto la preservación de la garantía de audiencia de la parte afectada?

Quedan preguntas por resolver, pero lo cierto es que esta decisión del Poder Judicial agrega incertidumbre a uno de los segmentos de la industria de las telecomunicaciones que más han crecido en los últimos años: 5.28% al tercer trimestre del año pasado.

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Gerardo Soria Gutiérrez Es abogado y consultor en derecho especializado en telecomunicaciones de México. Licenciado en Derecho, summa cum laude, por la Universidad Iberoamericana...